Utilización obligatoria planilla electrónica
El pago de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales, se efectuará así:
Los aportantes y los pagadores de pensiones cuyo número de cotizantes y/o pensionados se encuentren en la siguiente tabla, deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:
Rango de Cotizantes |
Obligatoriedad uso planilla electrónica |
20 o más cotizantes | 6 de Marzo de 2017 |
10 a 19 cotizantes | 1 de Marzo de 2018 |
5 a 9 cotizantes | 1 de Junio de 2018 |
3 o 4 cotizantes, para municipios con categoría diferente a 5 y 6 | 1 de Agosto de 2018 |
Decreto 1765 de 2017
Los aportantes y los pagadores de pensiones que cuenten con hasta 2 cotizantes y aquellos en los municipios de categorías 5 y 6 que cuenten con hasta 4 cotizantes podrán utilizar para el pago de sus aportes al Sistema de Seguridad Social Integral y parafiscales: SENA, ICBF y las cajas de compensación familiar, cualquier modalidad de planilla, bien sea electrónica o asistida.
COTIZANTES INDEPENDIENTES:
Los cotizantes independientes cuyo ingreso base de cotización se encuentre en la siguiente tabla deberán autoliquidar y pagar sus aportes utilizando la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA mediante la modalidad de planilla electrónica, a partir de las siguientes fechas:
Rango Ingreso Base de cotización |
Obligatoriedad uso planilla electrónica |
Mayor o igual a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes | 6 de marzo de 2017 |
Mayor o igual a 4 e inferior a 5 salarios mínimos legales mensuales vigentes | 1 de Marzo de 2018 |
Mayor o igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes para residentes en municipios con categoría diferente a 5 y 6 | 1 de Junio de 2018 |
Decreto 1765 de 2017
Los cotizantes independientes con ingreso base de cotización menor a 2 salarios mínimos legales mensuales vigentes y aquellos cuyo Ingreso base de cotización sea igual a 2 e inferior a 4 salarios mínimos legales mensuales vigentes, residentes en municipios de categorías 5 y 6 podrán utilizar cualquier modalidad de la planilla, bien sea electrónica o asistida.
RECOMENDACIONES
Para realizar los pagos al Sistema de Seguridad Social integral mediante el uso de la planilla electrónica PILA: Debe tener acceso seguro a Internet. No use computadores públicos y Debe tener una Cuenta Bancaria activa, póngase en contacto con su entidad financiera.